Como funcionarios de la Universidad del Valle es importante conocer y visibilizar lo establecido en artículo 60 del Acuerdo 025 de 2014 sobre la solicitud de licencia no remunerada.
El Personal Administrativo de la Universidad del Valle tiene derecho a solicitar licencia no remunerada hasta por 60 días hábiles al año, continuos o discontinuos; además, con justificación pertinente y aprobación del superior inmediato se puede solicitar una prórroga de hasta 30 días hábiles.
Si la solicitud de licencia no remunerada no obedece a razones de fuerza mayor o caso fortuito, el jefe inmediato definirá si es posible concederla en función de las necesidades del servicio.
¿Cómo solicitar una licencia no remunerada?
- Solicitar por escrito ante el rector de la Universidad del Valle.
- Adjuntar la aprobación escrita del superior inmediato.
- Adjuntar documentos de soporte que justifiquen la solicitud.
- Realizar la solicitud con mínimo 15 días de anticipación.
Tenga en cuenta:
- Una vez concedida, la licencia no puede ser revocada por la autoridad que la ha concedido; sin embargo, el beneficiario puede renunciar a ella.
- El tiempo de la licencia no remunerada no es computable para ningún efecto como tiempo de servicio.
- Durante el periodo de licencia no podrán desempeñarse otros cargos dentro de la administración pública.




