División de Recursos Humanos

sliderhorariosatencin
slidercertificadoslaborales
ConozcaaSARAok.png
312.png
Bannerarchivo.png
AnteriorAnterior
SiguienteSiguiente
 

Acuerdo 025: Derecho a la licencia no remunerada.

Como funcionarios de la Universidad del Valle es importante conocer y visibilizar lo establecido en artículo 60 del Acuerdo 025 de 2014 sobre la solicitud de licencia no remunerada.

El Personal Administrativo de la Universidad del Valle tiene derecho a solicitar licencia no remunerada hasta por 60 días hábiles al año, continuos o discontinuos; además, con justificación pertinente y aprobación del superior inmediato se puede solicitar una prórroga de hasta 30 días hábiles.

Si la solicitud de licencia no remunerada no obedece a razones de fuerza mayor o caso fortuito, el jefe inmediato definirá si es posible concederla en función de las necesidades del servicio.

¿Cómo solicitar una licencia no remunerada?

  1. Solicitar por escrito ante el rector de la Universidad del Valle.
  2. Adjuntar la aprobación escrita del superior inmediato.
  3. Adjuntar documentos de soporte que justifiquen la solicitud.
  4. Realizar la solicitud con mínimo 15 días de anticipación.

Tenga en cuenta:

  1. Una vez concedida, la licencia no puede ser revocada por la autoridad que la ha concedido; sin embargo, el beneficiario puede renunciar a ella.
  2. El tiempo de la licencia no remunerada no es computable para ningún efecto como tiempo de servicio.
  3. Durante el periodo de licencia no podrán desempeñarse otros cargos dentro de la administración pública.