División de Recursos Humanos

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¿Qué es el Movimiento Interno de Personal Administrativo en UV?

 

 

 

¿Qué es la movilidad interna?

El movimiento interno de personal se orienta a seleccionar candidatos que se encuentren vinculados a la institución y estén calificados para ocupar cargos que presentan vacantes dentro de la Universidad. La movilidad se puede dar mediante traslado horizontal o ascenso a través de concurso de ascenso.

El movimiento interno del Personal Administrativo se divide en:

•Traslado horizontal.

•Traslado con cupo.

•Ascenso.

•Movimiento interno en las Dependencias.

 

¿Qué constituye un traslado horizontal?

Hay Traslado Horizontal cuando se provee con Personal Administrativo en servicio activo, un cupo vacante en la Planta de Cargos del personal administrativo de carrera administrativa o de trabajadores oficiales, de la misma naturaleza o de naturaleza afín al que desempeña el funcionario trasladado, de la misma categoría y para el cual se exigen requisitos similares.

El traslado horizontal puede hacerse siempre que se justifique por razones del servicio y sin implicar condiciones desfavorables o cambio de grado del cargo para el funcionario trasladado. El estudio de condiciones lo realiza la División de Recursos Humanos.

 

¿Qué constituye un traslado con cupo?

Sucede cuando el Rector, mediante actos administrativos motivados, efectúa el traslado del personal administrativo con su respectivo cupo de planta entre dependencias (Rectoría, Vicerrectorías, Facultades, Institutos académicos y Seccionales). Esto con previa solicitud de las Unidades correspondientes y el concepto previo de una comisión integrada por el Vicerrector Administrativo, el Vicerrector Académico y el Director de la Oficina de Planeación y Desarrollo Institucional.

El funcionario de Carrera Administrativa cuyo cargo sea trasladado con el respectivo cupo de planta a otra dependencia, conserva los derechos adquiridos en razón de su inscripción en el Sistema de la Carrera Administrativa Especial de la Universidad del Valle.

 

¿Qué constituye un ascenso?

Se considera ascenso de un Trabajador Oficial el paso de un empleo a otro, cuando se supera un concurso convocado para la provisión interna de cargos de superior jerarquía al que desempeñe.

En caso que la promoción o el ascenso del Trabajador Oficial fuese a un cargo de Empleado Público Administrativo de Carrera Administrativa, se efectuará nombramiento en periodo de prueba, el Trabajador Oficial a promocionarse no conservará los beneficios convencionales de Trabajador Oficial y se aplicará la normatividad establecida para los Empleados Públicos Administrativos de Carrera Administrativa.

 

¿Qué es el movimiento interno en las Dependencias?

Son movimientos internos de cargos de Personal Administrativo que el Rector, los Vicerrectores, los Decanos, los Directores de Institutos Académicos, el Director de Regionalización y los Directores de las Seccionales pueden, autónomamente, efectuar entre las dependencias de sus respectivas unidades académico administrativas, siempre que se justifiquen por razones del servicio.

 

Para información específica sobre la reglamentación de la movilidad interna en la Universidad del Valle diríjase a los artículos 41 al 49 del Acuerdo 025 de 2014 Acuerdo 025 de 2014.